No, siempre y cuando se trate del mismo lote.
Si obtuviste la información de otro contribuyente a que se refiere la regla 2.6.1.2., recuerda que únicamente debes registrarla dentro de tus reportes de información, en la ruta Complemento/Dictamen.
Fundamento legal:
Regla 2.6.1.4 fracción VIII y apartado 32.3 del Anexo 32 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025.